Este lunes 27 de enero, el Gobierno nacional oficializó la baja de retenciones para el agro a través del Decreto 38/2025, al tiempo que dispuso la eliminación total de los Derechos de Exportación para las economías regionales, tal como lo había adelantado el ministro Luis Caputo la semana anterior. Tal como publicó Diario 13 hace unos días, el movimiento en las retenciones ‘no moverá la aguja’ en el sector en la provincia.

Para acceder al beneficio será necesario cumplir con una condición indispensable, en tanto la norma publicada en el Boletín Oficial establece como condición para tributar menos por cada tonelada exportada que las cerealeras o las empresas que vendan fuera de las fronteras argentinas deberán adherirse al régimen, hacer una nueva declaración jurada con los volúmenes y luego, liquidar al menos el 95% de lo declarado en 15 días hábiles. En caso contrario, las retenciones que se cobran son las vigentes hasta ayer. El DNU ya comenzó a regir y tendrá vigencia hasta el próximo 30 de junio.

La baja de las retenciones se había convertido en un clamor del sector. Por eso, en los considerandos del gobierno para definir la baja, el texto oficial señala los problemas climáticos que aquejan al campo. "Con el objetivo de colaborar con la situación del campo en este contexto de sequía, el Gobierno Nacional decidió bajar las retenciones de manera temporaria en un 20% hasta el mes de junio, inclusive", informó la Secretaría de Comercio en un comunicado tras el anuncio oficial y agregó que "la medida refleja la decisión del Gobierno de reducir el peso del Estado para los sectores productivos, en el marco de la política de superávit fiscal".

Cómo quedan las nuevas alícuotas de los Derechos de Exportación de granos y subproductos hasta el 30 de junio:

la soja (poroto) baja de 33% a a 26%;

la soja (aceite y harina), del 31% al 24,5%;

el trigo, la cebada, el sorgo y el maíz pasan del 12% al 9,5%; y

el girasol, del 7%, al 5,5%.

Al mismo tiempo, el Gobierno Nacional eliminó las retenciones (Derechos de Exportación) para las economías regionales y otros productos.

En cuanto a la eliminación de los derechos de exportación para las economías regionales, la medida alcanza a productos tales como:

  • azúcar;
  • preparaciones alimenticias;
  • algodón;
  • cuero bovino;
  • bebidas;
  • ovinos (lana y cueros);
  • tabaco;
  • forestoindustria;
  • arroz;
  • maní;
  • golosinas, chocolates y otros.