Tras las modificaciones

Cómo quedó la tabla de retenciones a las exportaciones

Este sábado se supo que el Gobierno de Alberto Fernández dejó sin efecto el tope de $4 por dólar para las ventas al exterior. Esto trae consigo una serie de modificaciones dependiendo del producto.
lunes, 16 de diciembre de 2019 · 08:03

El Gobierno Nacional cambió la tabla de retenciones y dejó sin efecto el límite de $4 por dólar. Esta medida en la práctica incrementa los derechos de exportación para determinadas posiciones arancelarias.

"Déjase sin efecto el límite de $ 4 por cada dólar estadounidense, establecido en el artículo 2° del Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018 y sus modificaciones", fijó el decreto 37/2019 publicado en el Boletín Oficial.

Esta medida tiene dos anexos que hacen una detallada mención de los distintos productos arancelados. La resolución ejecutiva fija 4 franjas principales de alícuotas para los productos.

Se aplicará un 5% (con tope de $3 por dólar) de retenciones para algunas producciones de economías regionales, como los limones o productos industriales.

El 9 % de retenciones incluye a carnes (vacuna, porcina, ovina, aviar y de pescados), la harina de trigo, el arroz, el maní, la leche en polvo, el maíz pisingallo y las legumbres, entre otros.

En tanto, que pagarán el 12% de retenciones el maíz y el trigo, la cebada, el girasol y el sorgo.

La retención más alta, del 30% se aplicará a la soja, los porotos de soja y sus subproductos, como aceite y harina.

El decreto indicó que la medida se tomó en base a "la grave situación por la que atraviesan las finanzas públicas", por lo que "resulta necesaria la adopción de urgentes medidas de carácter fiscal que permitan atender, al menos parcialmente, las erogaciones presupuestarias con recursos genuinos".

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