Aunque evitó una condena penal efectiva, un hombre que golpeó brutalmente al amigo de su expareja fue condenado por la Justicia Civil de Neuquén a pagarle casi 21 millones de pesos en concepto de indemnización. La jueza María Guadalupe Losada entendió que el ataque fue una forma de violencia de género encubierta, al tratar de controlar la vida de la mujer a través del miedo.

El hecho ocurrió en 2021 en el barrio Z1 de la capital neuquina, cuando el agresor –un hombre que practica artes marciales– se presentó en la casa de su expareja. Al ver que ella estaba acompañada por un amigo, reaccionó violentamente y exigió que le abrieran la puerta. Ante la negativa, entró por la parte trasera de la vivienda, forzando la puerta.

Una vez dentro, se dirigió directamente hacia el joven y lo atacó a patadas en el rostro, provocándole múltiples fracturas. El agredido debió ser intervenido quirúrgicamente para reconstruir su cara y atravesó un extenso tratamiento médico y psicológico.

Según se desprende del fallo, el ataque no fue un hecho aislado. El agresor ya había causado previamente daños en el vehículo del amigo de su ex. Y si bien en el ámbito penal fue imputado por lesiones y daños, logró evitar una condena efectiva tras acceder a una suspensión de juicio a prueba por dos años, bajo reglas de conducta. Esto fue posible luego de que un tribunal de impugnación revocara la negativa inicial del juez Luis Giorgetti.

Sin embargo, la vía civil sí avanzó. El joven agredido presentó una demanda por daños y perjuicios, la cual fue resuelta esta semana por la jueza Losada, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N°5.

La magistrada evaluó no solo las consecuencias físicas y materiales, sino también el daño psicológico y emocional. En el fallo, citó un informe psicológico que refiere una “disminución de la autoestima” y “angustia por el aspecto físico” del joven, quien pasó al menos un año con el rostro desfigurado.

La indemnización fijada asciende a 20.936.000 pesos, cifra que contempla los gastos médicos actuales y futuros, la necesidad de asistencia psicológica y el daño moral, al que la magistrada calificó como agravado por “la lógica preocupación y dolor psíquico que implica afrontar una cirugía para reparar y reconstruir la anatomía, intensificado por la presencia de cicatrices expuestas a las miradas ajenas”.