Actuó la justicia

Sin nombramientos: declararon nulos los decretos de Aranda

Así lo resolvió el Juez Abel Soria, luego de que la gestión de Baistrocchi presentara un amparo contra los decretos que les daba el pase a planta a 98 empleados.
viernes, 20 de diciembre de 2019 · 14:16

Luego de días agitados dentro de la Municipalidad de la Capital a causa de 98 designaciones para que empleados del municipio pasaran a planta permanente, este viernes la justicia ordenó la nulidad de los mismos. Es que, según comentaban desde la gestión de Baistrocchi se había presentado un recurso de amparo en contra de estos decretos por considerarlos irregulares y deshonestos. Los mismos habían sido redactados por Franco Aranda, intendente saliente de la Capital, que nunca fueron considerados por la actual gestión.

Los decretos n° 2136, 2163, 2164, 2165, 2166, 2167, 2168, 2169, 2170, 2171 y 2172 quedaron sin efectos según resolvió el juez Abel Soria del Juzgado Civil n°11. Esto se dio a conocer a través de un comunicado de prensa que señala como causales de la nulidad que "el artículo 5 prevé, entre otras cosas, que “el personal deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Estar desempeñando efectivamente funciones de manera ininterrumpidas, con una antigüedad mínima de 2 años en la repartición en donde ha sido designado. Este mismo criterio se aplicará para el personal transferido, cuya fecha operará desde el ingreso a la repartición; b) Efectuar la capacitación que por reglamentación, se establezca en relación directa a cada cargo, c) Haber demostrado experiencia, conocimiento y eficiencia para el trabajo, situación que deberá ser certificada por el director o responsable máximo de la unidad para la cual prestó y presta los servicios; d) acreditar educación formal, según corresponda a cada agrupamiento, conforme lo dispuesto en el marco jurídico vigente y lo que establezca la reglamentación del presente.

Esto, a pesar de que la Ordenanza n°11965 otorga facultades al Intendente  a nombrar empleados de la administración municipal (art. 8).

Además, el juez Soria habría resuelto la nulidad en base a que no se cumplieron algunos requisitos propios del acto administrativo y con expedientes que, según indicaron desde el municipio, no existen.

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