CAMBIO JUDICIAL

Por qué ir a una fiesta clandestina ya no es delito en San Juan

El fiscal coordinador de Flagrancia, Pablo Martín, explicó en Canal 13 los motivos por los que dejaron de intervenir en eventos ilegales. De todos modos, ir tiene sanción.
domingo, 14 de marzo de 2021 · 13:32

En los últimos meses, participar de una fiesta clandestina dejó de ser un delito y pasó a ser una falta contravencional. Por lo tanto, es ahora la Justicia de Faltas la encargada de sancionar, por ejemplo a través de una multa. El coordinador de Flagrancia, Pablo Martín, explicó los motivos.

'No estamos interviniendo por una cuestión de política criminal. Claramente las fiestas clandestinas no están permitidas, incluso ni las juntadas, pero como cambió la fase de la enfermedad y lo dispuesto por el Gobierno, entendemos que hay una cuestión que corresponde a la Justicia de Faltas', detalló.

En este sentido, el funcionario destacó que lo que se reprime es la falta de distanciamiento o de uso de tapabocas. 'Es algo que por ahí desde un primer momento debería haber pasado pero por cerrar un poco más la gotera lo había tomado Flagrancia hasta que cambiamos a la fase de distanciamiento' agregó.

Pablo Martín, fiscal coordinador de Flagrancia
Pablo Martín, fiscal coordinador de Flagrancia.

Esta resolución se tomó hace unos meses, cuando en diciembre el Gobierno determinó flexibilizar los controles para las fiestas de fin de año. 'Se acompañó esa decisión porque sino era incompatible y no está estipulado que si vuelven las restricciones volvamos a intervenir nosotros', remarcó.

Asimismo, destacó que hay buen diálogo entre el Ejecutivo, la Corte y el Ministerio Público para consensuar cualquier decisión. 'En su momento se hizo una campaña de concientización para tratar de disuadir esas acciones y hubo propagandas de que la Justicia iba a actuar en consecuencia', recordó.

Cabe recordar que, según el criterio del Ministerio Público Fiscal, por participar de una fiesta clandestina durante la Fase 1 y 3 lo que correspondía era una condena condicional de 8 meses. Mientras que, cuando estábamos en Fase 5 se determinaba la suspensión de juicio a prueba (probation).