ATENCIÓN

'Golpe al mentón' para el empresario acusado en el caso de la menor prostituida

El juez Matías Parrón retomará el mando de la causa ya que el pedido hecho por la defensa de Cassab fue denegado.
miércoles, 31 de marzo de 2021 · 14:33

Pasado el mediodía de este miércoles el caso de la presunta prostitución de una menor de edad sanjuanina volvió a ser noticia. Es que el Tribunal de Impugnación tomó la decisión de no hacer lugar al pedido de recusación contra el juez de Garantías, Matías Parrón que había presentado la defensa de Carlos Cassab. 

Sobre este tema, el juez Benedicto Correa analizó el pedido que presentaron los abogados del empresario de 73 años que se encuentra imputado en la causa. Es que en el planteo habían solicitado que Matías Parrón sea apartado del caso. Sin embargo resolvió rechazar el recurso de apelación interpuesto, argumentando que "el planteo efectuado resulta no sólo irrazonable sino que carece de sustento lógico y legal, pues hacer lugar al mismo sería no solo entorpecedor de la organización judicial sino que afectaría una eficaz prestación del servicio de justicia, con consecuencias gravísimas para la salud del sistema republicano de gobierno".

Cabe destacar que durante la segunda audiencia, los abogados el empresario oriundo de Caucete, Franco Montes y Marcelo Fernández Valdez, solicitaron el apartamiento de Parrón. Según los argumentos esgrimidos, la defensa entendía que dictando la prisión preventiva para los tres involucrados suplía a la Fiscalía. Es decir, que indicaban que la decisión había sido arbitraria e ilegítima, circunstancia que viola al debido proceso.

Pese a que Parrón no había admitido el pedido de apartamiento del proceso. Tomó la decisión de apartarse por decisión propia hasta que el tribunal superior se expidiera al respecto. De hecho, durante la presentación señaló que la recusación resultaba ex temporánea y al mismo tiempo aseveró que en su función de juez de Garantías no suplió actividad propia del Ministerio Público Fiscal. 

"Para el apartamiento de un juez, por aplicación del art. 15 del C.P.P., debe comprobarse la intromisión del mismo en tareas propias de la parte acusadora en función de la delimitada separación de funciones como nota explícita del sistema acusatorio. Como advierto, la actuación del magistrado interviniente no traspasa este límite, ya sea con actos de investigación o de impulso en la investigación", sostuvo Correa durante su fundamento.

Posteriormente, se expresó sobre el accionar de la defensa apelante y manifestó que "si la defensa del encausado Cassab entiende que existe un error in iudicando, sus discrepancias de hecho y de derecho con las decisiones judiciales no pueden ser argumento de recusación, sino crítica eventualmente apta para fundar los recursos que fueren viables contra los actos jurisdiccionales propios del magistrados".

De esta manera lo que aún le queda por resolver al magistrado de Impugnación es sobre la prisión preventiva tanto de Cassab como la del otro imputado, Roberto 'Fido' Galván, ya que unos días después la defensa se sumó a la apelación. En ese sentido, el próximo lunes se estima que podrían vencer los plazos de la medida cautelar que podría ser prorrogada por Parrón, quien retornará a la causa.