Disposición nacional

Una a una, las nuevas 11 actividades exceptuadas desde el lunes

En el comienzo de una "cuarentena administrada", el gobierno de Fernández decidió cuáles serán las primeras actividades en reactivar. Casas de cobranzas, oficinas de Rentas, venta minoristas y atención médica, entre otras.
sábado, 18 de abril de 2020 · 20:33

Este sábado el gobierno nacional informó sobre cuáles serán las actividades que quedarán exceptuadas a partir del lunes 20 de abril. Son en total 11, las que podrán activar siempre que se resguarde las medidas sanitarias y los insumos necesarios para evitar contagios de Covid-19.

En este sentido, estas son las actividades mencionadas:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2. Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10. Producción para la exportación, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Cabe recordar que a esta propuesta nacional deberá adherir la provincia para que se considere aplicable dentro del territorio sanjuanino.