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Allende pidió trabajar en la Reparación Económica para hijos de victimas de Covid

Se trata de la Ley Martina que prevé el beneficio “Víctimas Covid 19”, que fue presentada por el diputado tras la creación de la Comisión de Familias, Niñez y Juventudes.
miércoles, 4 de mayo de 2022 · 20:15

Esta mañana la Cámara de Diputados de la Nación conformó la Comisión de Familias, Niñez y Juventudes que contará con la participación del sanjuanino Walberto Allende. “Entre varios temas abordados expresé la necesidad de trabajar en forma urgente en el tratamiento del Proyecto de Ley Martina”, dijo el parlamentario.

La propuesta busca la Reparación Económica para niñas, niños,  adolescentes y jóvenes víctimas colaterales de muertes de progenitores por Covid -19.

El caso tiene su origen en un caso que conmocionó a la provincia, se trata de la familia Guevara, "él era remisero y junto a su esposa fueron internados por coronavirus y fallecieron los dos en el transcurso de dos días. Mientras estaba internada, la señora dio a luz a Martina, a quien no conocieron, por eso le pusimos Ley Martina a este proyecto con la aprobación de la familia”, contó Allende.

Además quedaron sin padres otros tres hijos y que ahora viven con su abuela de 82 años a cargo de la hija mayor que tiene 19.

En la provincia hay registradas 14 familias sanjuaninas a las que les correspondería el beneficio en caso de ser sancionada esta ley. Sin embargo especificó que no hay registros en la provincia ni en nación de la cantidad de familias que han pasado por esta situación.

 

"Ley Martina”


El Artículo 1 dice: Créase el régimen de “Reparación Económica para los Niños, niñas, adolescentes y jóvenes” para los niños/as, adolescentes y jóvenes que hayan sufrido el fallecimiento de su progenitor o progenitores, ascendientes, tutores, curadores o parientes por consanguinidad hasta el tercer grado a causa del virus Covid 19, o por causas directamente derivadas de las secuelas ocasionadas por esa enfermedad y convivían de forma directa conformando un núcleo familiar monoparental o biparental del mismo o distinto sexo.

El Artículo 2 establece los requisitos para acceder a la reparación que deben acreditar los beneficiarios, como por ejemplo acreditar el fallecimiento del progenitor o los progenitores.
 

El proyecto señala que el beneficiario podrá percibir desde los 18 años y hasta los 25 años de edad, cuando acredite estudios en entidades educativas oficiales. Y también que el beneficio “Víctimas Covid 19”, será abonado mensualmente con las partidas presupuestarias del Gobierno Nacional, y su valor será el equivalente a un haber jubilatorio mínimo.

La prestación es inembargable y se abonará por cada hijo/a o menor a cargo.