ESTE JUEVES

El corto posteo de Gioja tras la prohibición de la Corte a Uñac

El candidato a gobernador de San Juan Vuelve se manifestó breve en sus redes sociales.
jueves, 1 de junio de 2023 · 17:15

Tras la resolución de la Corte Suprema sobre la candidatura de Sergio Uñac, empezaron a conocerse repercusiones de todo el arco político. Uno de ellos fue un escueto posteo de José Luis Gioja. En su cuenta de Instagram, el candidato a gobernador de San Juan Vuelve compartió una imagen acompañada con una sola frase: ‘Volví por vos’

El diputado nacional y ex gobernador de la provincia compartió una postal en la que se lo ve sentado en el cordón de una vereda junto con tres mujeres y una niña, con las cuales se mostró interactuando, pasando un momento ameno. La publicación alcanzó en pocas horas más de 200 corazones y cientos de comentarios. La mayoría de ellos demostrándoles su amor.

En tanto, la inhabilitación de Uñac la determinó la Corte con el voto de los ministros Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda; y el voto concurrente de Carlos Rosenkrantz. El ministro Ricardo Lorenzetti no votó porque no había intervenido. El Máximo Tribunal estableció además un criterio amplio en materia de prohibición de reelecciones.

Dijo que la Constitución Nacional establece una pauta republicana que las impide, aunque no haya una prohibición expresa en las constituciones provinciales, lo que podría aplicarse a muchos casos, incluyendo gobernadores e intendentes. En el caso de San Juan hubo voto conjunto de Rosatti y Maqueda y concurrencia de Rosenkrantz. Es decir, hubo mayoría en la parte dispositiva pero no en los fundamentos.

Lorenzetti no votó porque no había intervenido en las medidas cautelares previas. Igualmente hay una coincidencia de los cuatro ministros sobre la prohibición de reelecciones, aunque puede haber diferencias en cuanto a la extensión de las mismas. Desde el fallo dictado sobre la provincia de Santiago del Estero (firmado por Maqueda-Lorenzetti), se sostiene que hay un criterio estricto en materia de relecciones.

Ese criterio se basa en que, cuando la Constitución de la provincia prohíbe la reelección del gobernador y hay una interpretación que pretende ignorarla, se viola la forma republicana que dispone el artículo 5 de la Constitución Nacional. En la resolución de Río Negro, se trató el caso de la sucesión recíproca, es decir, que el gobernador puede ser vice y luego gobernador; la Constitución de Río Negro lo prohibía, y la Corte lo prohibió también.