En un fallo con alto impacto político y gremial, la Justicia laboral suspendió este lunes los artículos más controvertidos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, impulsado por el presidente Javier Milei. La decisión fue tomada por la jueza Moira Fullana, quien dio curso a una medida cautelar presentada por la CGT y detuvo la aplicación de los artículos 2 y 3 del decreto, que buscaban endurecer las condiciones para declarar huelgas.

La magistrada consideró que una reforma al régimen del derecho a huelga, garantizado por el artículo 14 bis de la Constitución, no puede realizarse por decreto, sino que debe pasar por el Congreso, tal como establece el principio de división de poderes.

Un freno con efectos inmediatos

El fallo suspende de manera provisoria los efectos del decreto, mientras se resuelve el fondo de la cuestión. En la práctica, esto implica que se mantiene vigente la legislación actual sobre huelgas y protestas, al menos por ahora.

Desde el Gobierno no hubo declaraciones oficiales tras la medida, aunque en Casa Rosada analizan apelar la resolución y llevar el caso a instancias judiciales superiores.

¿Qué proponía el DNU 340/2025?

El decreto había encendido alarmas en el mundo sindical al imponer nuevas restricciones al derecho a huelga, especialmente en sectores considerados “esenciales” o “estratégicos”, como el transporte y la educación, que históricamente no estaban contemplados en ese rango.

La norma también modificaba los procedimientos para la convocatoria a medidas de fuerza y endurecía las consecuencias legales para las organizaciones gremiales. Para la CGT, el decreto constituía un ataque directo a la libertad sindical y la negociación colectiva, además de vulnerar compromisos internacionales asumidos por el país.