POR PREVENCIÓN

Si no tenés con quién dejar a tus hijos, podés quedarte a cuidarlos

Esta licencia rige para agentes de la administración pública mientras no haya clases.
miércoles, 18 de marzo de 2020 · 08:38

En el marco de las medidas para enfrentar la pandemia de coronavirus y tras la suspensión de la actividad escolar en todos los niveles educativos, el Ejecutivo provincial determinó exceptuar de la asistencia a los lugares de trabajo en la administración pública a aquellos agentes que deban cuidar de sus hijos, quienes deberán acreditar la inasistencia vía online. 

En su artículo 1º, el Decreto Acuerdo Nº 0010 establece que "el agente que sea padre, madre o responsable a cargo de menores de edad y que como consecuencia de la suspensión del dictado de clases en establecimientos educativos públicos y privados (de nivel secundario, primario y/o guarderías o jardines maternales) establecida por la Resolución N° 108/2020 del Ministerio de Educación de la Nación y Resoluciones emitidas a tal efecto por el Ministerio de Educación de la Provincia, deba permanecer a cuidado de los mismos o que requieran asistencia, podrá solicitar que se lo exceptúe de concurrir a su lugar de trabajo durante el período que haya dispuesto el Ministerio de Educación quedando habilitados a llevar a cabo las tareas que le fueran asignadas desde sus hogares, cuando ello fuere posible". 

La autoridad de aplicación podrá modificar plazos y establecer las excepciones estime convenientes con la finalidad de mitigar el impacto de la pandemia. Queda exceptuado de la presente norma todo el personal de salud pública, seguridad pública y transporte público. Cabe recordar que la solicitud de la licencia se realizará vía online a través del sitio oficial del Gobierno de la Provincia de San Juan. 

Cuando la autoridad de aplicación determine la finalización del periodo de aislamiento, el agente perfeccionará el derecho a cobro de la misma mediante la presentación del certificado médico correspondiente y la declaración jurada de la solicitud gestionada a través del portal de gobierno. La falta de presentación de dicha documentación ocasionará el descuento de la totalidad de los haberes abonados en el periodo de ausencia.