VUELVE LA FIESTA

Las discotecas y salones de eventos podrán funcionar con el 70 % de ocupación

El punto figura entre otras nuevas disposiciones dadas a conocer en las primeras horas de este viernes 17 de septiembre. Rigen desde la misma fecha.
viernes, 17 de septiembre de 2021 · 06:35

Luego de las repercusiones que generó la Ministra de Turismo y Cultura, Claudia Grynszpan, con sus declaraciones sobre la posible vuelta de las fiestas con la apertura de discotecas, además de la falta de precisiones de los propietarios de locales consultados por Canal 13, el Gobierno emitió un comunicado en las primeras horas del viernes donde se establecen "las nuevas medidas contra el COVID-19 que rigen en San Juan".

Entre los puntos de esas nuevas medidas figura la posibilidad de un factor de "70% de ocupación para restoranes, cafés, discotecas, bares y salones de eventos o similares", siempre rigiéndose por la Ley Nº 687-P. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos debidamente aprobados. La ley a la que hace referencia es la que rige el funcionamiento de los locales nocturnos. 

EL ESCRITO DIFUNDIDO POR EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA : 

Apelando a la responsabilidad individual, social y la colaboración de los sanjuaninos, las medidas dispuestas por el Ejecutivo provincial a través del Decreto Acuerdo Nº44 entrarán en vigencia a partir del 17 de septiembre. Independientemente de demás normas y protocolos vigentes se dispone específicamente que:

a) El transporte público queda habilitado para la totalidad de los pasajeros sentados, hasta 20 personas de pie y con ventanillas abiertas favoreciendo la circulación cruzada.

b) Se habilitan las celebraciones de culto comunitarias, las actividades comerciales, deportivas, culturales y sociales de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad.

c) Restoranes, cafés, discotecas, bares y salones de eventos o similares: 70% factor ocupación. Horarios autorizados de acuerdo a lo previsto por Ley Nº 687-P. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos debidamente aprobados.

d) Los espectáculos culturales, artísticos o deportivos que superen la cantidad de 200 personas, deberán contar con la autorización del Comité Covid, tramitada a través del área correspondiente. Para la autorización, deberán presentar previamente los protocolos necesarios.

e) Facúltase a los distintos ministerios y secretarías de Estado, en el área de sus competencias, a emitir las resoluciones necesarias para la interpretación, implementación y reglamentación de este Decreto Acuerdo.