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Paro de colectivos: 'El sindicato nunca ha dado comunicación sobre una medida de fuerza'

El subsecretario de Trabajo de la provincia, Jorge Oribe dijo que el sindicato a nivel nacional y provincial desacató la orden emanada de la autoridad laboral nacional. La declaración de la ilegalidad de la acción podría implicar sanciones económicas.
martes, 26 de abril de 2022 · 20:18

El paro de colectivos afectó a toda la comunidad sanjuanina desde las 00 de este martes y duró hasta el mediodía. El paro se había previsto pro 48 horas en un principio, sin embargo fue declarado ilegal por la Secretaria de Trabajo de la Provincia horas de la mañana porque desde la delegación de San Juan no notificaron la medida en las 24 horas previas.

En TardeTrece, el subsecretario de Trabajo de la provincia, Jorge Oribe dijo que el sindicato a nivel nacional y provincial desacató la orden emanada de la autoridad laboral, de no realizar ninguna medida de acción directa y convocar a una conciliación obligatoria. “El sindicato nunca ha dado comunicación sobre una medida de fuerza", manifestó.

El artículo 122 de la Ley 377 A que regula la actividad de la subsecretaria de trabajo dispone que todo sindicato o entidad gremial que valla a realizar una medida fuerza dentro del ámbito provincial, debe dar comunicación a la autoridad laboral, la Subsecretaria de Trabajo, que va a realizar un paro”, aclaró Oribe.

Además se pone el énfasis en la vulneración que  sufren los trabajadores al no disponer de un servicio esencial.

Según el secretario, a la entidad estatal nunca llego la notificación de la medida de fuerza y tampoco se pudo contactar con el secretario general, a quien llamó oportunamente. “Nos enteramos a última hora de la noche que se iba a realizar esta acción, el sindicato en ningún momento se ha comunicado con la subsecretaria. Yo intentó comunicarme con el subsecretario general y no he podido, no me atendió”, reveló.

Al respecto manifestó que estas acciones se deben realizar dentro del marco de la legalidad para evitar que otras personas se vean afectadas y “no sufran consecuencias indeseadas”.  

Oribe remarcó que la declaración de ilegalidad de la medida lleva consigo la posibilidad de aplicar una sanción a la entidad sindical.

La declaración de ilegalidad lleva consigo la posibilidad que la autoridad laboral aplique una multa sancionando a la entidad sindical. Aunque manifestó su voluntad de dialogo. El cálculo se efectúa teniendo en cuenta la cantidad de afiliados en San Juan, el monto del salario mínimo vital y móvil en el que se determina un monto definitivo para la multa.