Los accidentes de tránsito son parte del día a día en las calles y rutas del país. Sin embargo, cuando se está involucrado directamente en un siniestro, muchas personas no saben cómo actuar. Ante esa situación, el abogado Roberto Juárez pasó por Canal 13 y compartió cinco consejos prácticos que pueden marcar la diferencia tanto en el momento del hecho como en los procesos posteriores.

“El primer consejo que siempre damos es quedarse en la escena del siniestro. Muchas veces, por miedo o nervios, las personas se van, pero eso puede generar consecuencias legales graves, como el abandono de persona si hubo heridos”, explicó Juárez. Aunque existen excepciones, como estar en un lugar despoblado o peligroso, el especialista insistió en la importancia de mantener la calma y esperar la llegada de las autoridades.

Juárez recomendó dar aviso inmediato al 911 y, si hay heridos, solicitar una ambulancia. “Los accidentes de tránsito pueden ser investigados de oficio, y en muchos casos es necesario que intervenga la Policía o incluso un fiscal si hay lesiones”, precisó.

Es fundamental intercambiar datos con las personas involucradas: nombre completo, DNI, teléfono, aseguradora y patente de los vehículos. “También es muy útil sacar fotos de los daños y del entorno. Es como armar nuestra propia investigación, que después puede ser clave si hay un juicio”, señaló el abogado. Asimismo, es importante hablar con posibles testigos y tomar sus datos de contacto.

Según explicó Juárez, la Ley Nacional de Seguros establece un plazo de 72 horas para notificar a la compañía aseguradora sobre el siniestro. “Si no lo hacés dentro de ese tiempo, corrés el riesgo de que la aseguradora se niegue a cubrir los daños. Y esto pasa más de lo que la gente cree”, advirtió. Por eso, si la persona no puede realizar la gestión, es recomendable que lo haga un familiar o alguien de confianza.

Además, enfatizó que la notificación debe hacerse por canales válidos y verificables: “Tengo un caso en el que la persona llamó al 0800 del seguro, pero ese llamado no quedó grabado, y un año después la empresa declinó la cobertura”.

“La denuncia en la comisaría no reemplaza la comunicación con el seguro, pero ambas deben hacerse”, aclaró. En caso de que haya heridos o fallecidos, se abre una causa penal que podría derivar en imputaciones por lesiones culposas o incluso homicidio culposo.

¿Qué pasa si el otro conductor no tiene seguro?

Según Juárez, siempre hay responsables: “Primero el conductor, luego el titular registral del vehículo, que puede ser otra persona, y recién después la compañía aseguradora. Si no hay seguro, igual se puede demandar al conductor y al titular. El problema es que muchas veces tienen menos solvencia para afrontar una indemnización”.

Por último, el abogado recordó que el único seguro obligatorio por ley es el de responsabilidad civil contra terceros. “Es el mínimo exigido, pero no cubre los daños del vehículo propio. Por eso es importante saber bien qué cubre tu póliza y hablar con tu asesor de seguros”, concluyó.