El abogado previsionalista Juan Pablo Mattar explicó en Mirá quien habla en qué consiste el retiro transitorio por invalidez, un beneficio previsional para trabajadores que, tras un accidente o enfermedad, quedaron imposibilitados de seguir desempeñando su labor.

Según detalló, esta prestación está regulada por la Ley 24.241 y corresponde a quienes hayan realizado aportes al sistema previsional, tanto en relación de dependencia como de manera autónoma. A diferencia de una pensión no contributiva, el retiro por invalidez es una jubilación anticipada de carácter transitorio, que se otorga por un período de tres años.

Qué es el retiro transitorio por invalidez y cómo se solicita

Los requisitos

Para acceder al retiro transitorio por invalidez, se debieron cumplir dos condiciones fundamentales:

  1. Incapacidad laboral superior al 66%: Este porcentaje se determinó a través de una evaluación médica basada en un baremo oficial. Por ejemplo, una persona que no podía caminar obtenía un 70% de incapacidad, mientras que la pérdida parcial del movimiento de un brazo representaba un porcentaje menor.
  2. Aportes recientes al sistema previsional: El solicitante debió ser aportante regular (haber contribuido al menos 30 meses en los últimos 36) o aportante irregular con derecho (haber aportado al menos 18 meses en ese mismo período). El haber mensual se calculaba basándonos en el tipo de aportante, siendo más alto para los regulares.

Mattar aclaró que, al tratarse de una jubilación y no de una pensión, este beneficio era exclusivo para quienes estaban trabajando antes de padecer el infortunio que les impidió seguir haciéndolo.

Suspensión injustificada

El abogado también advirtió sobre los casos en los que se suspendieron beneficios ya otorgados, como algunas pensiones no contributivas, sin una resolución fundada. Señaló que este tipo de acciones se conocen como "vías de hecho" y son ilegítimas.

En ese sentido, recordó que la Constitución Nacional, en su artículo 43, habilita la presentación de acciones de amparo frente a decisiones u omisiones que lesionen derechos constitucionales. “Si una persona ya tenía reconocida una pensión o jubilación y se la suspendieron sin justificación legal, puede iniciar un amparo para exigir que se le restituya el beneficio”, subrayó.