Oficial

Atención: Desde el lunes, pedirán nuevos permisos para circular en San Juan

En el marco de la nueva "cuarentena administrada", dispuesta por el Gobierno, los trabajadores, deberán tramitar los nuevos instrumentos para acreditar el motivo de su circulación.
domingo, 19 de abril de 2020 · 10:07

Este lunes, comienza un nuevo periodo de cuarentena en San Juan. Desde el Gobierno, anunciaron nuevas medidas en el marco de la emergencia sanitaria por el Covid-19 y exceptuaron diversas actividades para comenzar a reactivar la economía provincial, luego de un mes de aislamiento total.

La cuarentena administrada, como fue denominada por las autoridades, tendrá nuevas excepciones que incluyen al comercio, la industria, cobro de servicios, especialidades médicas, centros de asistencia a víctimas de violencia de género, entre otras.

En este sentido, el Gobierno de San Juan, también dispuso un nuevo permiso de circulación para los trabajadores que desde este lunes retomaran sus actividades. Tal como adelantó el sábado la ministra de Gobierno, Fabiola Aubone a Canal 13. "La única manera de poder llevar a cabo esto, es teniendo un control más estricto. Como probablemente haya más personas en la calle. ¿Cómo hacemos para ratificar que la personas realmente están yendo a trabajar?", indicó la funcionaria.

Es por ello que los trabajadores, deberán tramitar un permiso en la página https://permisotransito.sanjuan.gob.ar y completar el formulario con sus datos personales: nombre y número de DNI, edad, motivo cual circula, lugar del empleo y horarios. Este formulario, podrá ser impreso o descargado en el teléfono celular para ser presentado ante las fuerzas de seguridad ante cualquier requerimiento, informaron desde el Gobierno.

También seguirá vigente el permiso nacional, cuyo trámite se realiza a través de la página web www.argentina.gob.ar. Estos serán los dos permisos válidos para circular en San Juan.

Hasta el momento, también eran válidos los permisos que los empleadores le daban a sus empleados, pero estos deberán ser reemplazados por el nuevo permiso oficial que emitirá la Provincia, según confirmó el secretario de Seguridad, Carlos Munisaga a Canal 13. El funcionario, explicó que si bien estos permisos seguirán teniendo validez durante unos días, deberán ser reemplazados por el nuevo instrumento.

En el caso de toda empresa o profesional actuante en obra privada que esté registrada en la Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano (DPDU), deberá contar con dos certificaciones para poder trabajar siguiendo un estricto protocolo de medidas de higiene y seguridad velando por la salud del personal que se desempeñe en obra.

En este sentido, la empresa o su profesional actuante, deberán ingresar a (http://tramite.sanjuan.gov.ar/index.php/tramite/d/246) y descargar dos documentos para completar.

El primero, denominado “Obra Registrada DPDU”, donde deberá llenar la siguiente información:

  • Nomenclatura catastral de la obra
  • Número de expediente en DPDU
  • Apellido y nombre del titular/razón social
  • Apellido y nombre del profesional interviniente/representante técnico
  • Matrícula profesional
  • Domicilio de la obra
  • Con la información completa, deberá enviar el archivo a la siguiente dirección de correo: registro.obra.cv19@sanjuan.gov.ar

A partir de ese momento, desde la DPDU se corroborará la información y se le dará el visto bueno, generando el certificado que será enviado a la misma dirección de correo del remitente.

El segundo certificado a descargar y completar, se trata de la autorización de circulación o para asistir al lugar de trabajo, la cual será necesaria para el personal que se desempeñe en la obra. En este caso, el trámite también deberá ser realizado por la empresa a cargo de la obra o el profesional actuante. Dicha autorización deberá ser descargada y completada por los actores antes mencionados y otorgada directamente a cada uno de los trabajadores para poder circular.

Es importante resaltar que la gestión de dicho permiso es responsabilidad de la empresa o profesional actuante, como así también garantizar la salud de los trabajadores tomando las medidas necesarias sugeridas desde el Ministerio de Salud Pública de la Provincia para evitar la propagación del COVID-19. Sumado a ello, la empresa o el profesional se comprometerá a suspender la obra si a su juicio o el de terceros, constituye un riesgo para los trabajadores y la población en general.

De este modo, la Provincia, busca mantener el orden y el control para evitar las grandes aglomeraciones de personas, teniendo en cuenta que desde este lunes, habrá más gente en las calles, producto de la nueva cuarentena administrada. Con estos instrumentos, los trabajadores, podrán acreditar el motivo de sus movimientos en la vía pública.  

Las actividades que se desarrollarán desde el lunes

  1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos
  2. Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
  3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
  5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
  6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  7. Ópticas, con sistema de turno previo.
  8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
  9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
  10. Producción para la exportación, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
  11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.