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Se viene un nueva inscripción al Repro II

El Ministerio de Trabajo anunció que las inscripciones para este Programa será a partir del 25 hasta el 31 de octubre.
jueves, 21 de octubre de 2021 · 10:45

El Ministerio de Trabajo estableció el plazo de inscripción al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II), y extendió el Programa Asistencia de Emergencia para Trabajadores y Trabajadoras Independientes en sectores críticos para los salarios devengados este mes, a través de la Resolución  643/2021 publicada en el Boletín Oficial. 

La norma establece que el plazo de inscripción para ambos Programas será desde el 25 al 31 de octubre del 2021. 

Esta medida está dentro del paquete de medidas económicas que lanzó el Gobierno nacional con el objetivo de recuperar la iniciativa frente a las crisis. La medida fue oficializado hoy a primera a través de la Resolución 643/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. 

Además, se determinaron las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respeto a la nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Repro II: 

1) Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP): Septiembre de 2019 y Septiembre de 2021.

2) Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.

3) Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Septiembre 2021.

4) Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de Octubre inclusive.

5) Corte de actualización CBU: 23 de Octubre inclusive.

Con respecto al Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, cuya inscripción también estará vigente entre el 25 y 31 de octubre, las pautas para aplicar son las siguientes:

1) Presentar una reducción de la facturación superior al 20%)en términos reales, para el periodo comprendido entre Septiembre 2021 y Septiembre 2019.

2) Periodo de referencia de pagos a acreditar:

-Autónomos: de 02/2021 hasta 08/2021

-Monotributo: de 3/2021 hasta 9/2021

3) Corte de pago Monotributistas: Pagos hasta el 23 de Octubre inclusive.